Congreso de Sonora, en el norte de México, aprueba por unanimidad una Ley de Protección a los Animales que, entre otras cosas, prohíbe las corridas de toros, convirtiendo así al estado al primero en el país en conseguir este logro.
Por su pasado colonial México es uno de los países en América Latina donde las corridas de toros tienen especial presencia y aun cierta relevancia social. Sin embargo, no menos cierto es que existe una preocupación genuina por los derechos de los animales y, en especial, la defensa de los que, entre estos, son objeto de maltrato y sufrimiento por nada más que el pretendido entretenimiento del ser humano.
Por esta razón cobra importancia la decisión tomada por el Congreso local de Sonora, una entidad en el norte del país, que por unanimidad de sus integrantes aprobó una Ley de Protección a los Animales que, entre otros efectos, prohíbe las exhibiciones de la llamada “fiesta brava”.
Grosso modo, la ley regula el trato que se le dispensa a los animales. En su artículo 66, por ejemplo, determina que “a ningún animal se le podrá dar muerte a través de envenenamiento, ahorcamiento, golpes, electrocución o algún otro procedimiento que cause sufrimiento innecesario o prolongue su agonía”, interdicción que incluye directamente las corridas de toros.
Asimismo, las mascotas, animales de trabajo y otros, también quedan protegidos por esta ley, aunque no así eventos como las peleas de gallos, las charreadas y los jaripeos, para los cuales basta con obtener el permiso de la municipalidad para realizarlos.
SONORA
http://www.ecoosfera.com/2013/05/sonora-es-la-primera-entidad-en-mexico-en-prohibir-las-corridas-de-toros/
Por su pasado colonial México es uno de los países en América Latina donde las corridas de toros tienen especial presencia y aun cierta relevancia social. Sin embargo, no menos cierto es que existe una preocupación genuina por los derechos de los animales y, en especial, la defensa de los que, entre estos, son objeto de maltrato y sufrimiento por nada más que el pretendido entretenimiento del ser humano.
Por esta razón cobra importancia la decisión tomada por el Congreso local de Sonora, una entidad en el norte del país, que por unanimidad de sus integrantes aprobó una Ley de Protección a los Animales que, entre otros efectos, prohíbe las exhibiciones de la llamada “fiesta brava”.
Grosso modo, la ley regula el trato que se le dispensa a los animales. En su artículo 66, por ejemplo, determina que “a ningún animal se le podrá dar muerte a través de envenenamiento, ahorcamiento, golpes, electrocución o algún otro procedimiento que cause sufrimiento innecesario o prolongue su agonía”, interdicción que incluye directamente las corridas de toros.
Asimismo, las mascotas, animales de trabajo y otros, también quedan protegidos por esta ley, aunque no así eventos como las peleas de gallos, las charreadas y los jaripeos, para los cuales basta con obtener el permiso de la municipalidad para realizarlos.
SONORA
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